ASEP - Clientes reconectados después de una interrupción
PORCENTAJE MÍNIMO DE CUMPLIMIENTO: el porcentaje mínimo de clientes a ser reconectados por la empresa distribuidora después de una interrupción, dentro del plazo establecido.
PORCENTAJE MÍNIMO DE CUMPLIMIENTO: el porcentaje mínimo de clientes a ser reconectados por la empresa distribuidora después de una interrupción, dentro del plazo establecido.
PORCENTAJE MÍNIMO DE CUMPLIMIENTO: el porcentaje mínimo de clientes a ser reconectados por la empresa distribuidora después de una interrupción, dentro del plazo establecido.
Información Adicional
Nombre | ASEP - Clientes reconectados después de una interrupción |
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Descripción | Artículo 31, "Sección X.4.1 Reclamaciones por inconvenientes con el nivel de tensión suministrado", "Título X: Normas de calidad del servicio comercial" del "Reglamento de distribución y comercialización de energía eléctrica" (RDC). Anualmente, el porcentaje mínimo de clientes a ser reconectados por la empresa distribuidora después de una interrupción, dentro del plazo establecido, deberá ser como se indica en la tabla. |
URL institucional | https://www.asep.gob.pa/ |
Autor del dataset (departamento o jefe) | Departamento de Normas Técnicas y Comerciales |
Email del Publicador | Ramfis Tuñón |
Última actualización | julio 13, 2021, 14:16 (UTC) |
Creado | julio 13, 2021, 14:09 (UTC) |
Licencia | Creative Commons Attribution |